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Oficina de Extranjería en Santa Coloma de Gramenet: Reagrupación Familiar Paso a Paso

Guía para tramitar reagrupación familiar en Santa Coloma de Gramenet: documentos, cita previa extranjería, plazos, costes y qué hacer si deniegan.

EEquipo de redacción legal de Extranjeria📅 15/06/2026🔄 15/06/2026⏱️ 4 min

Si vives en Santa Coloma de Gramenet y necesitas iniciar un proceso de reagrupación familiar, esta información te ayudará a entender cómo gestionar tu trámite en la oficina de extranjería correspondiente. La reagrupación familiar es uno de los procedimientos más solicitados por extranjeros residentes legales en España que desean reunirse con sus familiares más cercanos.

¿Qué es la reagrupación familiar?

La reagrupación familiar es el derecho que tiene un extranjero residente legal en España (llamado reagrupante) para traer a vivir con él a determinados miembros de su familia. Este procedimiento permite obtener un permiso de residencia para familiares directos sin necesidad de que dispongan previamente de una autorización de trabajo.

Este derecho está regulado por la Ley de Extranjería y permite mantener la unidad familiar, un principio fundamental reconocido internacionalmente.

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¿Quién puede solicitar la reagrupación familiar?

Requisitos del reagrupante

Para solicitar la reagrupación familiar desde Santa Coloma de Gramenet, debes cumplir estas condiciones:

  • Tener residencia legal en España durante al menos un año y autorización para residir por al menos otro año más
  • Disponer de vivienda adecuada (con certificado de habitabilidad o contrato de alquiler)
  • Contar con recursos económicos suficientes: el IPREM mensual (actualmente 600€) más un 50% adicional del IPREM por cada familiar. Para 2026, esto significa aproximadamente 900€ mensuales para reagrupar a un familiar, 1.200€ para dos
  • No tener antecedentes penales en España ni en países anteriores de residencia
  • Tener un NIE España y tarjeta de identidad de extranjero en vigor

Familiares que puedes reagrupar

Puedes reagrupar a:

  • Cónyuge (matrimonio registrado oficialmente)
  • Pareja de hecho (con certificado de registro)
  • Hijos menores de 18 años o mayores dependientes con discapacidad
  • Padres si son mayores de 65 años, están a tu cargo y existen razones que justifiquen la reagrupación

Documentación necesaria para la reagrupación familiar

Deberás presentar la siguiente documentos extranjería:

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  • Formulario oficial de solicitud (modelo EX-02) cumplimentado y firmado
  • Pasaporte completo del reagrupante y fotocopia de todas las páginas
  • Copia de tu tarjeta de identidad de extranjero en vigor
  • Justificante de pago de la tasa 790 código 052 (actualmente 10,71€)
  • Documentos que acrediten el vínculo familiar: certificado de matrimonio, libro de familia, certificados de nacimiento (apostillados y traducidos)
  • Contrato de trabajo o certificado de la empresa con antigüedad, nóminas de los últimos 6 meses, certificado de vida laboral
  • Declaración de la renta o certificado de retenciones IRPF
  • Contrato de alquiler o escrituras de propiedad de la vivienda
  • Certificado de empadronamiento actualizado
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen del familiar (apostillado y traducido)

Dónde presentar la solicitud en Santa Coloma de Gramenet

Los residentes en Santa Coloma de Gramenet deben gestionar su cita previa extranjería en la Oficina de Extranjería de Barcelona, ubicada en:

Dirección: Calle Murcia, 42, 08027 Barcelona

Cómo pedir cita previa

La cita previa es obligatoria y se solicita a través de:

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  • Portal oficial: sede.administracionespublicas.gob.es
  • Teléfono: 060 (atención en varios idiomas)
  • Selecciona: Provincia Barcelona → Extranjería → Solicitud de Autorizaciones Iniciales de Residencia

Es recomendable solicitar la cita con varias semanas de antelación, ya que la disponibilidad puede ser limitada en épocas de alta demanda.

Plazos de resolución del expediente

Una vez presentada la solicitud completa:

  • Plazo máximo de resolución: 3 meses desde la fecha de presentación
  • Si transcurren 3 meses sin respuesta, el silencio administrativo es negativo, por lo que se considera denegada
  • Si la resolución es favorable, el familiar tiene 2 meses para solicitar el visado en el Consulado español de su país
  • Una vez en España con el visado, dispone de 1 mes para solicitar la tarjeta de identidad de extranjero

Coste de las tasas y procedimiento

Los costes aproximados para 2026 son:

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  • Tasa 790-052: 10,71€ (solicitud inicial en España)
  • Visado de reagrupación: aproximadamente 60-80€ (se paga en el Consulado)
  • Tasa 790-012: 15,87€ (tramitación de la tarjeta de identidad de extranjero en España)
  • Apostillas y traducciones: variable según documentos, entre 100-300€

¿Qué hacer si se deniega la solicitud?

Si recibes una resolución denegatoria, tienes las siguientes opciones:

Recurso de reposición

Puedes presentar un recurso de reposición en el plazo de 1 mes desde la notificación. Este recurso se presenta ante el mismo órgano que dictó la resolución (Subdelegación del Gobierno).

Recurso contencioso-administrativo

Si el recurso de reposición es desestimado o prefieres esta vía directamente, puedes presentar recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de 2 meses.

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Nueva solicitud

También puedes presentar una nueva solicitud corrigiendo los motivos que causaron la denegación (generalmente relacionados con ingresos insuficientes o vivienda inadecuada).

Consejos prácticos para tu trámite

  • Revisa que todos los documentos extranjeros estén correctamente apostillados y traducidos por traductor jurado
  • Mantén copias de toda la documentación presentada
  • Comprueba que tus ingresos superan claramente el mínimo exigido
  • Asegúrate de que tu permiso de residencia tenga vigencia suficiente
  • Si trabajas por cuenta propia, aporta declaraciones trimestrales de IVA y modelo 130
  • La vivienda debe tener espacio suficiente según normativas autonómicas de habitabilidad

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Cuánto tiempo debo esperar para reagrupar a mi familia?

Debes haber residido legalmente en España durante al menos 1 año y tener autorización para residir por otro año adicional. El proceso completo desde la solicitud hasta que tu familiar obtiene la tarjeta puede durar entre 6 y 9 meses.

¿Puede trabajar mi familiar reagrupado en España?

Sí. Desde 2011, los familiares reagrupados pueden solicitar una autorización de trabajo simultáneamente con la tarjeta de residencia, o posteriormente si ya se encuentran en España. El cónyuge o pareja de hecho obtiene automáticamente autorización para trabajar.

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¿Qué hago si no tengo cita disponible en extranjería?

Intenta solicitar la cita previa extranjería regularmente, especialmente a primera hora de la mañana o última de la noche, cuando se liberan nuevas citas. También puedes acudir a organizaciones de apoyo a inmigrantes que pueden orientarte sobre disponibilidad.

¿Puedo reagrupar a mis padres si tienen menos de 65 años?

En circunstancias excepcionales sí, pero deberás demostrar razones humanitarias o que están a tu cargo y existen motivos que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en España. Es un supuesto más restrictivo que requiere documentación adicional.

¿Necesito un abogado para tramitar la reagrupación familiar?

No es obligatorio, pero puede ser recomendable si tu situación es compleja (por ejemplo, trabajas por cuenta propia, tienes ingresos irregulares o la documentación presenta alguna particularidad). Un abogado especializado en extranjería puede aumentar las probabilidades de éxito.

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