El plazo legal máximo para resolver un expediente de nacionalidad española por residencia es de un año desde que la solicitud tiene entrada en el Ministerio de Justicia, tal como establece el Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre. En la práctica, en Barcelona los expedientes suelen tardar más de ese año, por lo que conviene conocer tanto el plazo legal como las vías para reaccionar si se supera.
¿Qué es la nacionalidad española y por qué importan los plazos?
La nacionalidad española es el vínculo jurídico que convierte a una persona extranjera en ciudadana española de pleno derecho, con acceso al pasaporte español, al derecho de voto y a la igualdad de trato sin las limitaciones propias de un permiso de residencia o de una tarjeta de identidad de extranjero. Al tratarse de un cambio de estatus jurídico tan relevante, la ley fija un procedimiento con plazos concretos, aunque la realidad administrativa no siempre los cumple con exactitud.
¿Quién puede solicitar la nacionalidad española por residencia?
El artículo 22 del Código Civil regula los periodos de residencia legal exigidos, que varían según la situación personal del solicitante:
- 10 años: regla general para la mayoría de extranjeros.
- 5 años: para quienes tienen reconocida la condición de refugiado.
- 2 años: para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
- 1 año: para nacidos en territorio español, quienes hayan estado bajo tutela de un ciudadano o institución española, quienes hayan perdido la nacionalidad española, o el cónyuge de español, entre otros supuestos recogidos en el propio artículo 22.
Además de la residencia por este cauce, el artículo 20 del Código Civil regula la nacionalidad por opción (hijos de españoles, entre otros casos) y el artículo 21 regula la carta de naturaleza, de concesión discrecional por el Gobierno mediante real decreto, al margen de los plazos de residencia.
Residencia legal y continuada: qué significa
La residencia debe ser legal (con autorización de residencia en vigor) e inmediatamente anterior a la petición. No es necesario que la persona esté en España todos los días del periodo exigido, pero sí que mantenga el domicilio y la autorización de forma continuada, sin interrupciones significativas no justificadas.
¿Qué plazo legal existe para resolver el expediente?
El Real Decreto 1004/2015 regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia y fija en un año el plazo máximo para resolver y notificar, contado desde la entrada de la solicitud en el registro del Ministerio de Justicia. Este plazo no incluye el tiempo que el solicitante tarda en reunir y subsanar la documentación, que corre por cuenta del interesado.
¿Qué pasa si transcurre el año sin respuesta?
Transcurrido ese plazo sin resolución expresa, opera el silencio administrativo, que en este procedimiento tiene carácter negativo: la solicitud se entiende desestimada a efectos de poder interponer el recurso que corresponda, sin que ello impida que la Administración resuelva posteriormente de forma expresa, incluso en sentido favorable. Esta es una particularidad importante: el silencio negativo no cierra el expediente, solo habilita la vía de recurso mientras se sigue tramitando.
¿Cómo se tramita la nacionalidad española en Barcelona?
La solicitud de nacionalidad por residencia se presenta de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia, adjuntando toda la documentación en formato digital. No se trata de un trámite presencial ante una oficina de extranjería, sino de un procedimiento centralizado gestionado por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.
Pasos habituales del procedimiento
- Presentación telemática de la solicitud y la documentación en la sede electrónica del Ministerio de Justicia.
- Pago de la tasa correspondiente al modelo 790, cuyo importe se actualiza periódicamente y conviene comprobar en el momento de presentar la solicitud.
- Examen de conocimientos constitucionales y socioculturales de España (prueba CCSE) y, en su caso, examen DELE de español, salvo exenciones legales.
- Comparecencia o audiencia, cuando se requiera, que en Barcelona suele gestionarse a través del Registro Civil que corresponda al domicilio del solicitante.
- Resolución por parte del Ministerio de Justicia, que se notifica al interesado o a su representante legal.
- Una vez concedida, inscripción de la nacionalidad en el Registro Civil correspondiente, paso imprescindible para que la concesión surta efectos plenos.
Documentación necesaria para la solicitud
Entre los documentos que habitualmente se exigen se encuentran:
- Certificado de nacimiento legalizado y, si procede, traducido oficialmente.
- Certificado de antecedentes penales del país o países de residencia en los últimos años, legalizado y traducido.
- NIE y tarjeta de residencia en vigor.
- Certificado de empadronamiento que acredite la residencia continuada.
- Justificante del pago de la tasa y, en su caso, diplomas de los exámenes CCSE y DELE.
La falta de algún documento o una traducción incompleta es una de las causas más habituales de retraso, ya que genera requerimientos de subsanación que paralizan el cómputo del plazo mientras no se responden.
¿Qué hacer si el plazo se demora en exceso?
Si ha transcurrido más de un año sin resolución expresa, el interesado puede acudir a la vía del silencio administrativo negativo para recurrir, o bien esperar a que el Ministerio de Justicia resuelva de forma expresa, ya que la obligación de resolver no desaparece por el mero transcurso del plazo. También puede solicitarse información sobre el estado del expediente a través de la sede electrónica, donde habitualmente se puede consultar el estado de tramitación con el número de expediente asignado.
En los casos en que la demora resulte especialmente prolongada, cabe valorar con un profesional la conveniencia de interponer un recurso contencioso-administrativo por inactividad de la Administración, una decisión que depende de las circunstancias concretas de cada expediente y que conviene estudiar caso por caso.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda de media la nacionalidad española en Barcelona?
No existe un plazo medio oficial verificable; la norma fija un máximo de un año para resolver, pero la duración real depende del volumen de expedientes y de si la documentación presentada es correcta y completa desde el inicio.
¿Puedo trabajar y viajar mientras se tramita mi nacionalidad?
Sí, mientras se resuelve el expediente se mantiene la situación de residencia que ya se tenga, por lo que los derechos y límites asociados a esa autorización siguen vigentes hasta que se notifique la concesión.
¿Qué ocurre si me deniegan la nacionalidad?
Cabe interponer recurso de reposición ante el propio Ministerio de Justicia o recurso contencioso-administrativo, según el caso, dentro de los plazos legales previstos para cada vía.
¿Es obligatorio el examen CCSE y el DELE?
Ambos exámenes son exigibles con carácter general, salvo las exenciones previstas legalmente, como ocurre con los nacionales de países de habla hispana respecto del DELE.
¿Dónde consulto el estado de mi expediente?
El estado de tramitación puede consultarse en la sede electrónica del Ministerio de Justicia utilizando el número de expediente asignado tras la presentación de la solicitud.